Primero deberá cerciorarse de que usted tiene la oportunidad de trabajar en Panamá. Por que?; Muy simple, No mucha gente conoce que ejercer una carrera Profesional en Panamá esta restringida según sea la linea de estudio que corresponda.
A continuación les detallo cuáles son las 28 profesiones de orden universitario que un extranjero no puede aplicar en este país…
Mucha investigación!
He pasado muchas horas, intentado encontrar información fiable de lo que voy a argumentar en este momento, por lo tanto después de tanto vagar por Internet obtuve una fuente confiable con la cual respaldar este post.
En palabras más finas, puedo resumir, que lo que les voy a expresar, NO es Basura!
Que profesionales no pueden EJERCER en Panamá?
Bueno, la lista es larga pero primero, la fuentes es la cede de la embajada de panamá en Venezuela, debido a que las paginas web de Migración y Ministerio del trabajo en panamá, ofrecen otras informaciones ya que esto es de conocimiento publico en el país, pero aquí (en Nicaragua) nosotros escasamente lo dominamos.
Haciendo referencia a la información concreta y real de la referencia, cito lo siguiente:
Profesiones reservadas para ejercer solo por nacionales panameños:
1. Enfermería. Ley 1 de 1954
2. Barbería y cosmetología. Ley 4 de 1956
3. Odontología. Ley 22 de 1956
4. Arquitectura. Ley 15 de 1959
5. Ciencias agrícolas. Ley 22 de 1961
6. Farmacia. Ley 24 de 1963
7. Quiroprácticos. Decreto 8 de 1967
8. Nutrición. Decreto 362 de 1969
9. Medicina. Decreto 196 de 1970
10.Psicología. Ley 56 de 1975
11.Asistente Médico. Decreto 32 de 1975
12.Contabilidad. Ley 57 de 1978
13.Periodismo. Ley 67 de 1978
14.Laboratoristas. Ley 74 de 1978
15.Relaciones Públicas. Ley 37 de 1980
16.Fonoaudiología, terapistas y similares. Ley 34 de 1980
17.Economía. Ley 7 de 1981
18.Trabajo Social. Ley 17 de 1981
19.Medicina Veterinaria. Ley 3 de 1983
20.Fisioterapia. Ley 47 de 1984
21.Radiología Médica. Ley 42 de 1980
22.Derecho. Ley 9 de 1984
23.Asistente Dental. Ley 21 de 1994
24.Sociología. Ley 1 de 1996
25.Química. Ley 45 de 2001
26.Educación en las siguientes menciones: Historia, Geografía y mención Cívica. Ley 47 de 1946 (El resto de las menciones sí son permitidas).
27.Ingeniería Civil. Decreto Ejecutivo 257 del 1965
28.Ingeniería Química. Decreto Ejecutivo 257 del 1965
Para aclarar cualquier incertidumbre referente a este punto, contacte a un abogado panameño para que le asesore.
Más adelante estaré publicando los siguientes temas:
- Que necesito para viajar Panamá
- Cuales son los requisitos para trabajar en Panamá
- Que documentos debo preparar antes de viajar a Panamá
- Cuanto Dinero debo llevar a Panamá, para mis primeros gasto?
- Estando en Panamá que debo hacer?
Y otros temas que estaré incluyendo poco a poco!
Gracias y por favor comenten en el blog!